El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en su Sentencia de 12 de diciembre de 2019, dictada en el asunto C-450/18., declaró que este complemento de maternidad era discriminatorio por razón de sexo y que debía reconocerse también a los padres.
La Sentencia entiende que la redacción de la Ley es discriminatoria y que por lo tanto el Complemento debe abonarse también a los hombres.
Por ello se ha abierto la puerta a aquellos hombres, que todavía no han pasado 5 años desde la fecha de jubilación y tengan más de dos hijos, a reclamar a la Seguridad Social el complemento de maternidad.
La Justicia española ya se ha pronunciado en diferentes Juzgados, la Sentencia 44/2020 de la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias de 20 de enero de 2020 concediendo este Complemento a un hombre jubilado con 4 hijos, lo que supone un 15% más de prestación mensual.
La Seguridad Social no ha recurrido la Sentencia y ha devenido Firme el 2 de marzo de 2020. Esto supone unos efectos determinantes para las reclamaciones de otros pensionistas.
Durante el año 2020 otros Juzgados y Tribunales de Justicia han Fallado en este sentido sin que la Seguridad Social haya recurrido. No existe ni una Sentencia que dé la razón al INSS.
Puedes reclamar tu complemento si:
- No han pasado 5 años desde la fecha de jubilación.
- Da igual si la pensión es de jubilación como de viudedad o incapacidad permanente (en cualquiera de sus grados: total, absoluta o gran invalidez).
- Has tenido dos o más hijos.
¿Y qué pasa si mi jubilación fue anticipada?
NO es posible reclamar si te jubilaste anticipadamente de forma voluntaria.
Pero SI puedes reclamar si tu jubilación fue voluntaria pero de forma no voluntaria, por ejemplo a través de un ERTE o un ERE.
¿Cuánto puede incrementar tu pensión?
Este complemento supone un aumento de la pensión por tramos según tu número de hijos:
- Un 15% más de la pensión si ha tenido cuatro o más hijos
- Un 10% más de la pensión si ha tenido tres hijos.
- Un 5% más de la pensión si ha tenido dos hijos.
¿Qué documentos necesito para solicitar el complemento por maternidad para hombres?
Para acreditar que se cumplen los requisitos es necesario aportar
- Copia del DNI del solicitante y de sus hijos
- Libro de Familia
- Resolución de la pensión (aquella en la que se reconoce la pensión de jubilación, viudedad o incapacidad permanente).
¿ Qué pasos tengo que seguir?
1.-Presentar Solicitud inicial y esperar Resolución o fin de silencio administrativo.
2.- Si nos deniegan la petición que hemos hecho se tiene que presentar Reclamación Previa, esperar Resolución de Reclamación Previa o fin de silencio administrativo.
3.- Si nos deniegan la petición hay presentar Demanda en el Juzgado de lo social.
Por internet puedes presentar las solicitudes al INSS a través de su sede electrónica.
Ponte en contacto con TORRIJOS ABOGADOS y te enviaremos un presupuesto cerrado. Así sabrás desde el primer momento cuánto cuesta tu reclamación y no habrá sorpresas.
Una vez aceptado el presupuesto, te solicitaremos la documentación necesaria para acreditar que cumples con los requisitos.
Y a partir de ese momento, nosotros nos encargamos de TODOS los trámites. Sin desplazamientos, sin salir de casa.
Desde Torrijos Abogados podemos gestionar tu reclamación en vía administrativa en todo el territorio español.
En caso de tener que acudir a la vía judicial, únicamente actuamos en las provincias de Valencia y Castellón.