¿Cómo reclamar por retraso o cancelación de un vuelo?

Reclamación a compañías de vuelo por retraso o cancelación

Hoy en día viajar es mucho más fácil de lo que era hace algún tiempo. Con unos cuantos clics podemos reservar y organizar un viaje a donde sea. Por ello, en Torrijos Abogados, creemos conveniente e importante que los viajeros sepan cuales son sus derechos y cómo reclamar a las compañías de vuelo.

Hemos recopilado los 4 problemas más comunes por los que los pasajeros pueden reclamar  y te explicamos el cómo. 

Reclamar por retraso en el vuelo

Una de las cosas que nos pueden suceder al viajar es que haya un retraso del vuelo. Los viajeros deben tener en cuenta de los derechos que les corresponden como afectados:

1. En caso de que el retraso sea de 2 horas, la compañía tiene que proporcionarnos comida y bebida suficiente mientras duré la espera. También, si es necesario, debe ofrecernos medio de comunicación.

2. Si nuestro vuelo sale al día siguiente o en los próximos días, tenemos derecho a alojamiento gratuito, incluyendo los desplazamientos que sean necesarios.

3. Si el retraso a nuestro destino final es de 3 horas o más, nos corresponde una indemnización económica de entre 250€ y 600€. Esta indemnización se calcula dependiendo de la distancia del vuelo, excepto que, la compañía pueda justificar que dicho retraso ha sido inevitable y por circunstancias extraordinarias.

 

Debemos mencionar que, si aceptamos un vuelo alternativo, la indemnización se reduce a la mitad. Este vuelo tiene que proporcionarnos llegar al destino con pocas horas de diferencia frente a la hora prevista.

Reclamar por cancelación del vuelo

Otro de los casos, que cada vez es más frecuente, es la cancelación del vuelo. En estas circunstancias, los viajeros tienen dos opciones; o devolución del importe del billete o solicitar un medio de transporte alternativo.

De la misma manera que en el retraso de un vuelo, si se produce cancelación, la compañía debe proporcionarnos comida y bebida y si es necesario, medio de comunicación.

Si elegimos la opción de transporte alternativo y la salida de este está prevista para el día siguiente o próximos días, de igual manera tenemos derecho a alojamiento, incluyendo los desplazamientos y derecho a indemnización.

Todos los viajeros afectados por la cancelación de un vuelo tienen derecho a indemnización o reclamación, excepto si:

  • Si se informa de la cancelación del vuelo con al menos 14 días de antelación frente a la hora de salida prevista
  • Si se informa de la cancelación con una antelación entre 7 y 14 días de cara a la hora de salida prevista y se ofrece un transporte alternativo que permita salir con no más de 2 horas de antelación o llegada con menos de 4 horas de retraso.
  • Si se informa la cancelación con menos de 7 días de antelación y se ofrezca otro vuelo que despegue con no más de 1 hora de antelación o llegar con menos de 2 horas de retraso.

De la misma manera que en el caso de retraso del vuelo, si la compañía nos proporciona un transporte alternativo que nos posibilita llegar al destino con pocas horas de diferencia respecto a la hora prevista, la indemnización se reduce al 50%.

Reclamar por Overbooking

En primer lugar, ¿qué es el overbooking?

El overbooking se produce cuando la compañía vende más billetes que el número de asientos disponibles en un avión. De esta manera, las aerolíneas buscan asegurarse de que su vuelo siempre estará lleno, aunque se produzcan bajas. El overbooking conlleva a la denegación del embarque a los pasajeros.

¿Qué sucede si somos afectados por overbooking?

Igual que en los casos anteriores, como pasajeros tenemos los siguientes derechos:

  • Podemos elegir entre la devolución del billete o un transporte alternativo hasta el destino final.
  • La compañía debe proporcionarnos comida, bebida, medio de comunicación y en caso de que sea necesario, alojamiento incluyendo los desplazamientos.
  • Tenemos derecho a indemnización económica en función a la distancia del vuelo, igual que en los anteriores dos casos, entre 250€ y 600€.

Si aceptamos un vuelo sustitutivo y este nos lleva al destino final con pocas horas de diferencia, la indemnización se reduce al 50%.

Incidencias con el equipaje

Las incidencias con el equipaje es otro de los problemas con los que podemos encontrarnos durante nuestro viaje. ¿Qué podemos hacer?

En el caso de que se produzcan daños, pérdida, retraso o destrucción del equipaje facturado, debemos rellenar el Informe de Irregularidad del Equipaje (PIR) en el mostrador de la compañía.

Si pasados 21 días, nuestro equipaje sigue sin aparecer, tenemos derecho a una compensación económica hasta 1.253 DEG (Derecho especial de Giro), aproximadamente 1.414€.  Así mismo, se puede reclamar los gastos por no disponer del equipaje y daños y perjuicios causados.

Para esta reclamación debemos aportar toda la información sobre la incidencia junto a una lista con todo el contenido de nuestro equipaje.

¿Puedo reclamar, aunque el equipaje perdido se haya encontrado?

La respuesta es que sí. Aunque la compañía haya encontrado nuestro equipaje, seguimos teniendo derecho a reclamar, ya que el daño está producido igualmente y nos corresponde indemnización por ello.

 

Ahora la gran pregunta…

¿Cómo reclamar en todos estos casos?

Cuando alguno de estos casos se produce, debemos solicitar la hoja de reclamaciones de la aerolínea o reclamar mediante un medio que deje constancia para el futuro. Si dicha reclamación se realiza telefónicamente hay que pedir siempre el número de incidencia.

En el siguiente link os dejamos el directorio de servicios de atención al cliente de compañía áreas.

La compañía tiene un plazo de 30 días para responder a la reclamación que hayamos presentado.

Reclamación ante AESA (Agencia Estatal de Seguridad Aérea)

Una vez pasado el plazo de un mes sin obtener respuesta de la aerolínea o después de recibir respuesta a la reclamación, puedes iniciar los trámites para presentar una reclamación ante AESA.

La reclamación ante AESA es totalmente GRATUITA.

Para presentarla de manera online, puede hacerlo a través del enlace que te dejamos aquí.

Una vez analizado el caso, AESA transmitirá al solicitante y a la compañía aérea, dentro del plazo de 90 días (o 120 días en determinados supuestos) desde la recepción de la reclamación, un informe sobre ella donde se explican cuales son sus derechos y los instrumentos para que éstos sean devueltos.

En el supuesto caso de que el informe de AESA es positivo para nosotros, como pasajeros, pero la compañía no responda, la única opción que nos queda es acudir a la vía judicial, donde este informe positivo de AESA es de gran valor.

En resumen, os dejamos en este artículo toda la información necesaria para reclamar en caso de retraso, cancelación, overbooking o incidencia con el equipaje en un vuelo. Se puede hacer totalmente gratis. Nosotros os podemos acompañar durante todo el proceso, sea durante la reclamación o en caso de tener que llegar a vía judicial.

 

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