¿Cómo salir del fichero de morosos? – Te corresponde indemnización

Fichero de morosos ¿Cómo salir del fichero? Indemnización

En primer lugar, tienes que saber si estás incluido o no en un fichero de morosos.

Es normal que no sepas si estás incluido o no, la mayoría de personas se enteran cuando solicitan algún tipo de financiación o crédito y los bancos lo deniegan por estar como moroso en una de las listas. La razón más común por inclusión en los ficheros suele ser deudas de pequeña entidad por suministros, por ejemplo el impago de la penalización por la permanencia en las compañías telefónicas, pero existen más.

¿Cuáles son los ficheros más conocidos?

Entre los ficheros de morosos de consumidores más conocidos son:

Existen más aunque no son estrictamente fichero de morosos, por ejemplo la CIRBE (Central de Información de Riesgos del Banco de España), que es un fichero interno de las entidades financieras y el RAI (Registro de Aceptaciones Impagadas), utilizado solo para empresas.

Si han incluido tus datos de forma indebida en un fichero de morosos, tienes que saber que puedes reclamar una indemnización por ello. Además, nuestro despacho es especialista en fichero de morosos en Valencia.

Para que se cumplan con los derechos de la persona afectada, cuando ésta pasa a figurar en el fichero de morosos debe ser informada por carta certificada en un plazo máximo de 30 días. De esta manera, el afectado puede cancelar o rectificar el impago y así impedir que se le incluya en el fichero de morosos.

Ahora bien…

¿Cómo saber si estoy incluido en el fichero de morosos?

Lo tienes muy fácil y es totalmente GRATIS.

Para consultar si estás incluido en la ASNEF los pasos son los siguientes:

De la misma manera si quieres consultar si estás incluido en Experian los pasos son casi los mismos:

  • Rellenar el formulario correspondiente a cada fichero
  • Adjuntar tu DNI o NIF
  • Enviarlo por mail o correo ordinario a las siguientes direcciones:

Fichero BADEXCUG (descargar solicitud)

Fichero CIREX (descargar solicitud)

  • e-mail: cirex@experian.com
  • dirección correo ordinario: Apartado de Correos 1014 – 28108 Alcobendas (Madrid)

Fichero INCER (solicitud por escrito, firmada personalmente y acompañada de una fotocopia de su documento identificativo)

  • e-mail: incer@experian.com 
  • dirección correo ordinario: Apartado de Correos 1.194 – 28108 Alcobendas (Madrid)

Fichero FEIJ (solicitud por escrito, firmada personalmente y acompañada de una fotocopia de su documento identificativo)

  • e-mail: feij@experian.com
  • dirección correo ordinario: Apartado de Correos 1.195 – 28108 Alcobendas (Madrid)

Si necesitas ayuda con la tramitación telemática o prefieres que en Torrijos Abogados nos ocupemos de llevar esta gestión, no dudes en decírnoslo. Necesitaríamos que nos firmes una autorización. Puedes hacerlo a través del formulario del final de la página o contactando con nosotros al 625 141 988 o a info@torrijosabogados.com .

Bien ahora…

Ya sabes que estás en un fichero de morosos – ¿Qué tienes que hacer?

1. Darte de baja del fichero de morosos

Para que sea posible la baja, lo primordial es pagar la deuda. Una vez liquidada la deuda, el acreedor tiene la obligación de comunicar la cancelación de esta al fichero de morosos en el plazo de una semana. ¡Importante! Nuestra recomendación siempre es que el consumidor presente ante el fichero de morosos su solicitud de baja. Para ello hay que presentar el justificante (un recibo, una factura, un resguardo bancario) junto a una copia de su DNI o NIF. También mencionar que hay que guardar siempre una copia del justificante, ya que puede necesitarlo en caso de acudir a los tribunales.

Una vez tramitado esto, el fichero de morosos deberá responder a la solicitud de baja y eliminación de los datos en los siguientes 10 días.

En nuestro despacho en Valencia podemos ayudarte con todo el proceso para darte de baja del fichero de morosos.

2. Reclamar una indemnización por inclusión en fichero de morosos

¿Es posible reclamar por la inclusión indebida en el fichero de morosos?

La respuesta es que sí, pero es importante estudiar cada caso concreto, ya que no todo vale.

Para incluirte correctamente en un fichero se deben de dar estos requisitos: 

  • La deuda debe ser cierta, vencida exigible y que resulte impagada
  • Que la deuda no tenga antigüedad superior a 5 años
  • Que se haya requerido de forma fehaciente en el pago de la deuda
  • La deuda debe ser superior a 50€
  • Que se haya comunicado la inclusión en el fichero con al menos 30 días de previo aviso

El problema suele ocurrir en el momento que te incluyen en el fichero, pero NO te lo notifican. En este caso lo que se solicita es una indemnización por los daños y perjuicios causados y por la vulnerabilidad del Derecho al Honor, Intimidad personal y familiar y a la propia imagen y Ley de Protección de Datos y Garantía de Derechos Digitales.  

Que la deuda sea real no es importante, puedes reclamar la indemnización aunque debas el dinero siempre y cuando hayas  sido incluido en el fichero de forma indebida. La reclamación viene dada por no enviar carta certificada al afectado.

Los Tribunales y los Jueces son los encargados de fijar la cuantía de la indemnización, la cual cabe destacar que se calcula de forma independiente a la deuda que se imputa.

La indemnización que se está dando en los juzgados de Valencia en los procesos judiciales es de entre 1.500€ y 2.500€

Os dejamos aquí una de las últimas sentencias que han salido sobre el tema.

En Torrijos Abogados contamos con expertos en el fichero de morosos que te acompañarán durante todo el proceso de reclamación y siempre ofreciendo un asesoramiento adecuado y personalizado a cada caso.

 

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