La ley 8/2021 de 2 de junio, ha introducido un cambio de calado en el tratamiento del ejercicio de la capacidad jurídica de las personas con discapacidad, a las que nos hemos tenido que adaptar con muy poco tiempo de margen. Ya no se habla tanto de tutela sino de curatela y complemento al ejercicio de la capacidad jurídica.
Con independencia de este cambio, hay muchos supuestos donde es necesaria la intervención de un abogado especialista en la materia; la obligación del curador o tutor de rendir cuentas anualmente, la obligación de nombramiento de autorización judicial en caso de conflicto de intereses entre herederos en caso de venta, la necesidad de aprobación judicial de herencia para el caso de existencia de cargas en la misma, etc…
Lo cierto es que la gestión y tratamiento del patrimonio de menores y personas con discapacidad está sujeta a unos tramites diferentes que requieren de la asistencia de abogados especializados. Torrijos Abogados llevamos asesorando a los familiares desde hace años en diferentes residencias de la provincia de Valencia.
Entre nuestros servicios están:
Como profesionales del Derecho de las personas con discapacidad, creemos en nuestros valores y en gestionar cada caso de la mejor manera, siempre de la forma más competente y cercana.