¿ DUDAS SOBRE LA RECLAMACIÓN DE LA COMISION DE APERTURA?

¿ CÓMO PUEDES RECUPERAR TU COMISION DE APERTURA?

Partimos de la base, que hemos efectuado una reclamación extrajudicial a la entidad bancaria con anterioridad al 28 de Diciembre de 2020.

La Audiencia Provincial de Valencia, ha cambiado de criterio a raíz de la Sentencia del TJUE, hay ya varias Sentencias concediendo la nulidad del pacto de la imposición de la comisión de apertura, entonces,,,,,, ¿ es tiempo de reclamar la comisión de apertura?

 PUES EN EL DESPACHO CREEMOS QUE NO……. POR EL AUTO DE FECHA 20 DE ENERO DE 2021 DEL TRIBUNAL SUPREMO

La importancia de esto auto, es que no aplica la Sentencia del TJUE que entiende que la comisión de apertura no forma parte del precio del préstamo y que puede ser declarada abusiva por ello, el Tribunal Supremo, inadmite un recurso de casación por interés casacional, que se presentó contra una Sentencia de la AP de León que desestima la reclamación de nulidad de la clausula de comisión de apertura, porque entiende que no hay interés casacional, ya que el Supremo en este Auto reitera en su doctrina reseñada entre otras en la Sentencia del Tribunal Supremo de fecha 23 de enero de 2o19.
Cierto es que se trata de un asunto del año 2017 y la Sentencia del TJUE es de Julio de 2020, pero esta Auto, complica la reclamación de la comisión de apertura y en aras la seguridad jurídica creemos que lo  mas aconsejable es esperar unos meses a que el Tribunal Supremo se pronuncie expresamente sobre la comisión de apertura para saber si ha cambiado de criterio.

En Torrijos Abogados queremos que nos sientas cerca de ti.

 

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